Fuero Maternal
Es la protección que se le otorga a la mujer embarazada y tiene por objeto mantener el empleo de la mujer para que ésta tenga asegurado el origen de sus ingresos y pueda alimentar y criar a su hijo/a. Esta es una protección que la ley otorga a la maternidad y se expresa en la prohibición de un empleador de poner término al contrato de trabajo.
Se extiende desde el momento que comienza el embarazo y se extiende hasta por 1 año después de expirado el periodo del postnatal, es decir cuando el/la hijo/a ha cumplido 1 año y 84 días.
Permite que la trabajadora tenga derecho a ser reintegrada a su trabajo si su empleador la despide estando embarazada.
¿Quiénes tienen este beneficio?
Todas las trabajadoras embarazadas que dependan de cualquier empleador, que estén acogidas a un sistema previsional. Desde el momento en que queda embarazada.
Licencia Prenatal
Consiste en 6 semanas (42 días) anteriores a la fecha probable de parto.
Licencia Postnatal
Consiste en el descanso de 12 semanas (84 días) contadas desde el nacimiento de él/la hijo/a.Estos derechos no pueden ser renunciados por la trabajadora por disposición expresa de la ley.
- Madre de prematuros: a las madres de recién nacidos menores de 33 semanas o de peso <1.500 grs le corresponden 6 semanas extra de postnatal.
- Madres que hayan tenido mellizos o trillizos tienen derecho a 7 días extra por cada hijo/a.
Permiso Parental

Postnatal Masculino
B. Distribuir los 5 días dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento. En este último caso, podrá distribuir los cinco días de permiso pagado en las oportunidades que el trabajador estime pertinente, sea en forma continua o fraccionada.
Licencia médica
Se otorga licencia médica por enfermedad grave del hijo menor de un año.Para mas información visita: Chile Crece Contigo

